martes, 19 de mayo de 2009

JOVENES RURALES Y FONDO EMPRENDER 2010

Emprendedores e instructores de emprendimiento y empresarismo:

El Acuerdo 04 de 2009 establece el reglamento interno del Fondo Emprender. En lo relativo al Programa Jóvenes Rurales Emprendedores se encuentra lo siguiente:

"Artículo 2. Beneficiarios. Alumnos o egresados de los cursos de formación SENA, en el programa jóvenes rurales y línea de formación líderes del desarrollo. El factor determinante para la participación de esta población en cada una de las convocatorias, será la calidad del plan de negocio a formular, según los criterios señalados en el Artículo 13 de este acuerdo y no un número de horas de formación. Para el caso de los egresados la certificación se deberá haber obtenido dentro de los últimos 24 meses".

"Artículo 5. Topes y montos de los recursos otorgados. El Fondo Emprender otorgará recursos hasta el ciento por ciento (100%) del valor del plan de negocio, así:"



"Artículo 8. Causales de devolución. El Consejo Directivo del Sena [...] podrá ordenar la devolución parcial o total de los recursos o suspender, reducir o retener la entrega de recursos, cuando se incurra en alguna de las siguientes causales:


  1. Si se comprueba el incumplimiento de los indicadores de gestión establecidos.

  2. Si se confirma que los recursos entregados por el Fondo Emprender han sido o se están utilizando de manera diferente, parcial o totalmente, a los fines establecidos en el Plan de Negocio.

  3. Suministro de información inexacta durante cualquiera de las etapas del proceso y que ésta haya incidido directamente en la asignación de los recursos.

  4. Si se demuestra que alguno de los beneficiarios ha obtenido recursos del Fondo Emprender para más de un plan de negocio.

  5. Cuando el retiro de alguno de los integrantes del equipo de trabajo, afecta el cumplimiento de las condiciones exigidas en el artículo 1 del presente acuerdo, dará lugar a la suspensión de los desembolsos de los recursos por un período de hasta tres (3) meses contados a partir de la fecha de retiro del (los) integrante (s) hasta tanto no se subsane esta condición, la empresa devolverá la totalidad de los recursos entregados.

  6. El no cumplimiento de las contrapartidas establecidas por el beneficiarios en su plan de negocio."


"Artículo 10. Formulación del plan de negocio. Sólo podrán formularse planes de negocio que contemplen un componente de innovación y base tecnológica, bajo los parámetros establecidos en el artículo 14, numeral 1 del presente Acuerdo (Componente de innovación y base tecnológica del plan de negocios, conforme a los criterios establecidos por las Unidades Técnicas del SENA y el documento CONPES 3527 - DNP - Política Nacional de Competitividad y Productividad)."



"Artículo 13. Evaluación de planes de negocio. El proceso de evaluación de los planes de negocio registrados en el Sistema de Información del Fondo Emprender, estará a cargo de los evaluadores seleccionados por el Gerente del Fondo y tiene por objeto, establecer:



  1. Viabilidad técnica, operativa y medición del riesgo del plan de negocio.

  2. Viabilidad financiera dada por los indicadores, tales como: valor presente neto, tasa interna de retorno, relación costo-beneficio, costo anual equivalente.

  3. Viabilidad jurídica del plan de negocio.

  4. Generación y sostenibilidad de empleo productivo de manera directa.

  5. Los planes de negocio deben especificar las contrapartidas en especie, que harán los beneficiarios de los planes de negocio, que garanticen un aporte al Sena, en el cumplimiento de su misión.

  6. Estructura y coherencia de la propuesta en términos de los antecedentes, estudio de mercado, justificación, resultados esperados y esquemas de ejecución del presupuesto.

  7. Integración con mini cadenas, cadenas productivas o clústers de la región donde se desarrollará la actividad empresarial.

  8. Compatibilidad con el desarrollo sostenible del país, generando alternativas que favorezcan la preservación del medio ambiente."

Acuerdo 04 de 2009